viernes, noviembre 22, 2024

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CARNÉ DE VACUNACIÓN

Sin ser necesario abordar las razones (o ausencia de ellas) que exhiben las personas que se oponen a la vacunación contra el covid, es un imperativo afirmar que la Constitución Política prohíbe que a un ciudadano se le obligue a que su cuerpo sea instrumentalizado por razones de bien común como lo sería la vacunación obligatoria pues, más que su libre elección, lo que se compromete en un asunto de esta naturaleza es su dignidad porque al mismo tiempo el Estado estaría imponiendo un modo específico de conducta y un trato cruel basado en el cuerpo.

Otra podría ser la discusión en torno a los niños, pues lo que estaría en juego allí no sería la decisión de una persona sobre su propia salud y frente a la salud pública, sino sobre la salud del que no puede decidir por sí mismo debido a su falta de capacidad jurídica y cuyo derecho a la salud es prevalente frente a la elección de sus padres.

Volviendo a la población adulta, claramente resulta preferible crear incentivos para la realización de conductas socialmente deseables que crear restricciones para las conductas no deseables. Los planes de vacunación infortunadamente han hecho lo segundo y no lo primero.

Las restricciones para los que no se vacunan hasta ahora han consistido en la aplicación de prohibiciones de ingreso a lugares de entretenimiento como restaurantes y escenarios de espectáculos públicos, aunque curiosamente no ha ocurrido lo mismo con la hotelería, los desplazamientos aéreos y otras actividades con determinados intereses económicos.

Dichas restricciones podrían estar amparadas en la protección de la salud pública porque no implican la obligatoriedad de la vacunación con la amenaza de un castigo por una conducta que genere responsabilidad. Al día de hoy un ciudadano podría válidamente no vacunarse, pero su decisión conllevaría únicamente el deber de no concurrir a espacios en los que existan mayores riesgos de contagios por razones de salud pública.

Es por esto último que las eventuales prohibiciones de concurrir a lugares que no impliquen aglomeraciones (como espacios al aire libre) serían desproporcionadas y contrarias a la Constitución porque sacrificarían la libertad ciudadana sin una justificación suficiente.

Otro escenario que desde ya debemos rechazar por su insoportable autoritarismo es el de la exigencia de la vacunación para poder trabajar o estudiar, pues la institución pública o privada que exija a sus trabajadores o estudiantes el certificado de vacunación para la continuidad de su contrato o para la matrícula estudiantil estaría no solamente ejerciendo funciones públicas no delegadas (administrando la salud pública) sino también imponiendo una restricción desproporcionada a derechos fundamentales porque una cosa es la restricción de la libertad en conductas que aumentan riesgos de salud como las aglomerarse pero otra muy distinta es cuando aparte de la libertad lo que se condiciona de manera absoluta es el derecho al trabajo o a la educación, más aún cuando ya conocemos las alternativas que ofrece la virtualidad.

Es hora de ir pensando en aumentar las cifras de personas con sus esquemas de vacunación completos (el Gobierno hace todo el énfasis en la cifra de personas con una sola dosis cuando la cifra que más debe importar es la de personas completamente inmunizadas, la cual no es del todo alentadora) pero debemos pensar en otras maneras de lograr ese objetivo que no estén basadas en amenazas ilegítimas de restricciones y castigos, sino por ejemplo en el otorgamiento de incentivos como descuentos en matrículas educativas, plazos y alivios especiales para el pago de algunas obligaciones tributarias, redención de penas para privados de la libertad, facilidades de acceso a lugares y eventos recreativos y subsidios a los copagos y cuotas moderadoras del sistema de salud, entre otros.

Una política de incentivos podría ser algo costosa, pero con toda seguridad será menos costosa que la política del castigo y la exclusión; y probablemente más efectiva a la hora de salvar vidas humanas.

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LUIS MAURICIO URQUIJO TEJADA
Abogado penalista, docente universitario y conferencista en temas relacionados con la criminología.