La Procuraduría verificará si la contralora Sandra Yuldana Landinez fue elegida a pesar de estar inhabilitada por suscribir un contrato, además por irregularidades en creación de planta de personal.
La Procuraduría General de la Nación abrió investigación contra la entonces contralora del municipio de Rionegro en el oriente de Antioquia, Sandra Yuldana Landinez Cárdenas y 13 concejales municipales que la eligieron, por presuntas inconsistencias en su elección.
Los cabildantes presuntamente involucrados son Daniel Alberto Arbeláez Echeverry, Elkin Mauricio Zapata Carvajal, Óscar Darío Arias Bedoya, Adrián Alexander Castro Alzate, Ramón Humberto Cendoya Gaviria, Lina Marcela Ciro Martínez, Óscar Johao García-Casarrubios Parra, Yeison Fernando Miranda Restrepo, Ómar Efrén Monroy Palacio, Carlos Andrés Quintero Marín, Carlos Mauricio Ríos Franco, Jeider Serna Sánchez y Jonathan Valencia Gómez.
De acuerdo con la investigación, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Rionegro verificará si Landinez Cárdenas fue elegida para ocupar el cargo a pesar de estar inhabilitada por presuntamente suscribir un contrato de prestación de servicios con la Empresa de Desarrollo Sostenible de Rionegro durante los 12 meses anteriores a su elección.
El ente de control decretó práctica de pruebas con el fin de establecer la ocurrencia de conductas presuntamente irregulares y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se cometieron, determinar si constituyen faltas disciplinarias y el posible perjuicio causado. Los implicados podrán solicitar ser escuchados en versión libre.
Por su parte, en otra investigación, la Procuraduría busca establecer si la excontralora Sandra Yuldana Landinez Cárdenas incurrió, además, en falta disciplinaria por posibles irregularidades en la creación de la planta de personal de cargos temporal de la Contraloría Municipal de Rionegro.
El Ministerio Público ordenó la práctica de pruebas conducentes, pertinentes y útiles para establecer si su actuar es constitutivo de falta disciplinaria o si actuó al amparo de una causal de exclusión de responsabilidad. Investigada y apoderado podrán rendir versión libre sobre las circunstancias de la comisión de la falta que se le endilga.