viernes, septiembre 6, 2024

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CONGRESISTAS QUIEREN TRANSFORMAR EL CNE

No podrá ser magistrado del Consejo Nacional Electoral quien haya ejercido cargos directivos en organizaciones políticas o aspirado y ocupado cargos de elección popular en los siete años inmediatamente anteriores a la fecha de inscripción a la convocatoria pública.

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Con el propósito de garantizar los principios de autonomía, independencia, neutralidad, transparencia y equidad de género no sólo en la designación, sino también en la toma de decisiones, varios congresistas radicaron un proyecto de Acto Legislativo para modificar los Artículos 264 y 265 de la Constitución Política con el fin de que el Consejo Nacional Electoral goce de autonomía presupuestal y administrativa.

El grupo de senadores y representantes a la cámara entre los que se cuentan el antioqueño Daniel Carvalho, están proponiendo que el Alto Tribunal que rige y aplica las normas electorales en el país, siga estando conformado por nueve magistrados para un periodo que se ampliaría de cuatro a seis años, además de cambiar la forma para la designación de sus togados.

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Los aspirantes a magistrados tendrían que participar en una convocatoria pública organizada por la Rama Judicial para que, luego, de una lista de elegibles, la Corte Constitucional seleccione tres, la Corte Suprema de Justicia tres y el Consejo de Estado los últimos tres de sus miembros, quienes como servidores tendrán las mismas calidades, inhabilidades e incompatibilidades y derechos de los integrantes de las altas cortes.

Dice el acto legislativo que la lista de requisitos para aspirar al CNE se ampliaría, entre los que se cuentan, ser colombianos de nacimiento y ciudadanos en ejercicio, ser abogados, no haber sido condenados por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos, tener experiencia profesional de 15 años o más, incluyendo la cátedra universitaria.

No podrá ser magistrado del Consejo Nacional Electoral quien haya ejercido cargos directivos en organizaciones políticas o aspirado y ocupado cargos de elección popular en los siete años inmediatamente anteriores a la fecha de inscripción a la convocatoria pública.

Luego del retiro de alto tribunal, los exmagistrados no podrán ocupar cargos de dirigencia partidista, ni ser nombrados ministros o directores de departamentos administrativos ni tampoco ser postulados a cargos de elección popular.

Algunas de las nuevas tareas del CNE serán: regular, inspeccionar, vigilar y controlar toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de grupos significativos de ciudadanos, a sus representantes legales, directivos y candidatos, con el fin de garantizar el cumplimiento de los principios y deberes que correspondan.

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Ruben Benjumea
Soy periodista por vicio y bloguero por pasión y necesidad. Estamos fortaleciendo otra forma de hacer periodismo independiente, sin mucha censura, con miedo a las balas perdidas, pero sin cobardía.