Tribunal ordenó a la Registraduría para que en 8 días notifique al presidente de la República para que convoque a votaciones.
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En fallo de segunda instancia el Tribunal Administrativo de Antioquia revivió la revocatoria contra el alcalde Quintero por lo que dio 8 días a la Registraduría para que informe al presidente Petro el cumplimiento de los requisitos por parte del comité promotor que deberá informar sobre los estados contables en los que se encuentran plasmada la financiación para la recolección de firmas.
Sagrado rostro… https://t.co/UuZNH7uLen
— Rubén Benjumea (@puntodevistardb) November 9, 2022
La Registraduría deberá informar entonces al presidente, quien es el que tiene la competencia para convocar a las urnas, sin contar con las decisiones que adopte el Consejo Nacional Electoral, tribunal que había suspendido dicho proceso aduciendo irregularidades en el informe contable.
En otras palabras, el alto tribunal revocó la sentencia del Juzgado del 27 de abril de 2022 con la que se negaba las pretensiones de la acción de cumplimiento y le dio la orden a la Registraduría de enviar un oficio al gobernador o al presidente para que este fije la fecha de la votación.