La Sala Disciplinaria indicó que el funcionario firmó un contrato con el hijo de la directora de Bienestar Social con lo que vulneró la normatividad legal sobre la contratación estatal.
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La Procuraduría confirmó la suspensión por 4 meses del cargo impuesta al alcalde de Amagá, Leonardo Molina, por violar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
En fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular indicó que, en 2020, el funcionario firmó un contrato de prestación de servicios con el hijo de la directora de Bienestar Social para esa fecha, con lo que vulneró la normatividad legal sobre la contratación estatal.
Para el órgano de control, esa contratación no podía realizarse, porque se trataba del hijo de una funcionaria que ocupaba un cargo directivo en una de las entidades del municipio.
El Ministerio Público señaló que la conducta de Molina Rodas fue sustancialmente contraria a sus funciones, pues le correspondía velar por que la contratación del municipio se adelantara ajustada a las normas legales y constitucionales.
Precisó que: “en su condición de alcalde debió haber observado el cuidado necesario en orden a verificar que la persona con quien suscribiría el contrato de prestación de servicios no estaba incursa en alguna causal de inhabilidad”.
El investigado con su comportamiento, afectó sustancialmente el deber funcional consagrado en la ley, desconociendo el principio de moralidad.
Por esos hechos, la segunda instancia confirmó la sanción de cuatro meses de sanción impuesta a Molina Rodas, al cometer una falta gravísima a título de culpa grave.
El fallo de primera instancia fue proferido por la Procuraduría Regional de Antioquia.